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: Reproducción EPTV
La 💻 validez del examen íntimo en los visitantes de los presos volvió a ser juzgada en el Tribunal Supremo Federal (STF) 💻 este viernes (24). Los ministros reanudan el caso en la sala virtual.
En el examen íntimo, el visitante debe desvestirse parcial 💻 o totalmente y, a veces, debe agacharse y exponer los órganos genitales a la observación de los agentes penitenciarios.
Después del 💻 juicio, está en discusión una propuesta para invalidar la práctica, estableciendo que el examen íntimo ofende la dignidad de la 💻 persona humana.
Pero hay una sugerencia de reemplazar el procedimiento con el uso de equipos de inspección corporal, como scanners. La 💻 idea es dar un plazo de 24 meses para implementar la medida, durante el cual los estados comprarían los equipos.
La 💻 decisión de la Corte tendrá repercusiones generales, lo que significa que el entendimiento debe ser aplicado en procesos que discuten 💻 la validez del examen íntimo en otras instancias judiciales.
Antecedentes del juicio
El tema comenzó a ser juzgado en 2024, en un 💻 entorno virtual. En esa ocasión, una solicitud de vista del ministro Dias Toffoli interrumpió el análisis.
Una nueva solicitud de vista, 💻 esta vez del ministro Nunes Marques, pospuso la deliberación en 2024.
El recurso volvió a la agenda en mayo de 2024, 💻 cuando llegó a cinco votos a favor de la prohibición del examen íntimo vejatorio.
En ese momento, se siguió la posición 💻 del ministro Edson Fachin, relator del caso, así como el presidente Luís Roberto Barroso, las ministras Rosa Weber (jubilada), Cármen 💻 Lúcia y el ministro Gilmar Mendes.
La deliberación sobre el tema fue interrumpida por una solicitud de destacamento de Mendes. Las 💻 solicitudes de destacamento llevan los procesos al plenario presencial.
El proceso figuraba en la agenda del plenario presencial en noviembre, pero 💻 no fue analizado. Ahora, vuelve al entorno virtual.
Próximos pasos
El juicio virtual está previsto para finalizar a las 23h59 del día 💻 4 de junio, a menos que haya una solicitud de vista (más tiempo de análisis) o de destacamento (que lleve 💻 el proceso a un juicio presencial).
Posición del relator
Inicialmente, el relator propuso lo siguiente:
"No es admisible la práctica vejatoria del examen 💻 íntimo en visitas sociales en los establecimientos de segregación compulsoria, prohibidos bajo cualquier forma o modo el desnudamiento de visitantes 💻 y la abominable inspección de sus cavidades corporales, y la prueba obtenida a partir de ella es ilícita, no siendo 💻 aceptable como excusa la ausencia de equipos electrónicos y radioscópicos".
Si se fija esta orientación, quedará prohibido el procedimiento en el 💻 que el visitante debe desvestirse parcial o totalmente y que implique agachamiento y la observación de los órganos genitales.
Además, no 💻 se podrán usar como pruebas en procesos penales las obtenidas a partir de este tipo de práctica. Los examenes íntimos 💻 de este tipo no pueden ser justificados, por ejemplo, por la falta de equipos de detección de metales.
Divergencias
Durante el análisis 💻 virtual, el ministro Alexandre de Moraes abrió una divergencia, votando a favor de una tesis que establece que el examen 💻 íntimo para la entrada en cárceles sería excepcional, justificado para cada caso específico y con el acuerdo de los visitantes. 💻 Y que los abusos de autoridades pueden dar lugar a procesos en su contra en la Justicia.
El ministro Dias Toffoli 💻 acompañó la posición de Moraes, al igual que los ministros Nunes Marques y André Mendonça.
En ese momento, el ministro Gilmar 💻 Mendes solicitó un destacamento, para un juicio presencial. Este destacamento fue posteriormente cancelado.
Prazo para implantar a decisão
En la reanudación del 💻 caso, el ministro Gilmar Mendes acompañó al relator, pero propuso un plazo de 24 meses para que la decisión se 💻 implemente.
La idea es que, durante este período, los estados compren equipos de escáner corporal o similar, con los recursos del 💻 Fondo Penitenciario Nacional (FUNPEN).
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